Si alguien nos pregunta: “¿qué garantía tiene tu bicicleta?”, seguro que responderemos con rapidez. Pero si, además, tenemos que explicar en qué consiste realmente, más de uno no sabremos ni por dónde empezar…
En muchas ocasiones nos quedamos solo con un dato cuando en la tienda donde adquirimos nuestra bicicleta nos hablan de la garantía, y suele ser el número de años que cubre. En GoRide vamos a ir un poco más allá y, tras consultar a varios fabricantes, intentaremos explicaros en qué consisten realmente las garantías, qué cubren y cómo hay que reclamarlas.
Como mínimo se ofrecen dos años de garantía desde la fecha de compra, que es lo exigido por la ley…
Ley de Garantías en la venta de bienes de consumo (23/2003)
También conocida como LEY 23/2003, es el reglamento que regula la venta de bienes en nuestro país y donde se definen, a grandes rasgos, las garantías a las que todos los consumidores tenemos derecho.
En ella han de basarse todos los fabricantes de productos a la hora de garantizar un bien. Digamos que es el mínimo exigible, por lo que es importante destacar varios apartados de ella:
• El vendedor responderá ante el consumidor de cualquier falta de conformidad que exista en el momento de la entrega del bien. Es decir, aunque estemos a punto de llevarnos nuestra bicicleta por la puerta, si no estamos conformes porque algo no se ciñe a lo convenido, no tenemos obligación de adquirirla. “A los efectos de esta ley, son vendedores las personas físicas o jurídicas que, en el marco de su actividad profesional, venden bienes de consumo. Se consideran aquí bienes de consumo los bienes muebles corporales destinados al consumo privado” (Ley 23/2003).
• Una vez hayamos adquirido nuestra montura, si esta no fuera conforme con el contrato, el consumidor podrá optar entre exigir la reparación o la sustitución, salvo que una de estas opciones resulte imposible o desproporcionada.
• La reparación o sustitución serán gratuitas para el consumidor. Dicha gratuidad comprenderá los gastos necesarios realizados para subsanar la falta de conformidad de los bienes con el contrato, especialmente los gastos de envío, así como los costes relacionados con la mano de obra y los materiales.
• El vendedor responde de las faltas de conformidad que se manifiesten en un plazo de dos años desde la entrega. En las bicicletas de segunda mano, el vendedor y el consumidor podrán pactar un plazo menor, pero no podrá ser inferior a un año. Esto es importante, porque muchos pensamos que no podemos reclamar un producto comprado de segunda mano.
• Cuando nos resulte imposible dirigirnos al vendedor por la falta de conformidad de los bienes con el contrato de compraventa (por ejemplo, una tienda que ha desaparecido) podremos reclamar directamente al fabricante con el fin de obtener la sustitución o reparación del bien.
• Si un fabricante ofrece una garantía adicional a la mínima exigida, esta deberá cumplir las mismas condiciones reguladas por esta ley.
La garantía en las bicicletas…
Con lo visto anteriormente, nos podemos hacer una idea de los derechos que tenemos a la hora de adquirir nuestra flamante montura…. Pero en nuestras bicicletas entran más de un fabricante (los de los componentes), por lo que el tema se complica un poco más, pudiendo existir, en ocasiones, confusiones a la hora de reclamar algún problema.
Tenemos que tener claro lo que la ley nos dice, para no sufrir ningún abuso por ningún fabricante o tienda y que, al fin de cuentas, no nos permitan reclamar nuestros derechos.
La bicicleta: el cuadro y los componentes
Los fabricantes, cuando mencionan las garantías que ofrecen, suelen hacer una diferenciación: por un lado, nos hablan de la garantía que ofrecen al producto (o productos) que es fabricado por ellos, es decir, el cuadro y, en algunas ocasiones, ciertos componentes. Y, por otro lado, la garantía de los componentes que no son fabricados por ellos, como transmisiones, ruedas, frenos,…..
• Cuadro y componentes fabricados por la marca: Como mínimo, lógicamente, se ofrecen dos años de garantía desde la fecha de compra, que es lo exigido por la ley. Hay marcas que amplían dicha garantía hasta los cinco años o incluso de por vida. Leed atentamente la “letra pequeña”, ya que, como indica la Ley vigente, no se pueden ofrecer condiciones inferiores a las dictaminadas por la propia Ley. Además, en ocasiones, la extensión de garantía no incluye pintura o lacados. Algo común en todas las condiciones es que no se cubrirán defectos por usos negligentes.
Los cuadros están confeccionados para sufrir una serie de fuerzas y cargas derivadas del uso al que son destinados. Cualquier utilización fuera de ese ámbito nos puede acarrear problemas: primero, porque suframos alguna rotura y/o fisura, y, segundo, porque la garantía no nos lo va a cubrir. Ojo con la instalación de otros componentes y accesorios que no sean los originales, ya que podríamos perder la garantía.
• Componentes fabricados por “terceros”: Este apartado es un poco más peliagudo. Haciendo un repaso a las garantías ofrecidas por la mayoría de los fabricantes, generalmente se desvinculan de la que ofrecen dichos componentes. Es decir, que en caso de reclamación, serán los propios fabricantes de los componentes los que tengan que dar la cara, ofreciendo, como no, los consabidos dos años de garantía. Es un tema que no dejan muy claro, ya que da la sensación de que tenemos que ser nosotros los que reclamemos. Pero es que cuando adquirimos una bicicleta, pagamos la totalidad de ella, incluyendo componentes.
Dejad este punto muy claro con el vendedor. Puestos al habla con diversos puntos de venta, lo que nos indican es que, en cualquier caso, reclamemos a la tienda donde realizamos la compra sea cual sea el problema, que deberán ser ellos quien se encarguen de gestionar la reclamación, bien sea con el fabricante del cuadro o de los componentes.
¿Cómo reclamar?
El camino a seguir es fácil; acudir al punto de venta donde adquirimos nuestra bicicleta, ya que serán ellos los que tramiten la garantía con el fabricante. Puede darse el caso de que dicho punto de venta ya no exista o simplemente no nos convenga (por lejanía u otros motivos), por lo que muchas marcas dan la posibilidad de acudir al punto de venta oficial más cercano.
También puede tramitarse directamente con la marca. En ese caso es recomendable que realicéis fotografías del problema para enviárselas directamente. Es muy importante leer las condiciones de cada fabricante, porque cuando le reclamamos directamente puede exigirnos el pago de los portes o de la mano de obra de desmontaje del cuadro o de algunos componentes.
En el caso de productos adquiridos por internet, los fabricantes facilitan un teléfono y/o email (es recomendable hacerlo de las dos maneras, para que siempre conste por escrito) destinado a las reclamaciones. Ellos nos indicarán los pasos a seguir, por lo que, todo lo que hagamos nosotros por nuestra cuenta (como por ejemplo llevar la bicicleta a un taller) hará que perdamos la garantía o, al menos, el coste de dicha reparación.
Es importante no deshacernos del embalaje de la bicicleta ya que será necesario para mandar nuestra montura al fabricante a reparar. Consultad muy bien las condiciones, ya que los costes de envío y manipulación han de correr a cargo del fabricante. Solo en caso de que se determinara que el problema proviene de una incorrecta utilización podrían cobrarnos dichos gastos.
Recomendaciones para reclamar una garantía
Lo que tenemos que hacer es tener, por nuestra parte, todos los cabos bien atados para reclamar con total tranquilidad. Es muy importante:
◦ Tener siempre con nosotros la factura de compra para presentar en nuestro punto de venta. En la mayoría de los casos, las marcas nada más que cubren al primer comprador.
◦ Cuidar vuestra bicicleta y no realizar modificaciones relevantes. Es decir, no nos van a cubrir el problema si nuestra montura presenta golpes de importancia, la hemos repintado o incluso realizado taladros. Utilizad productos adecuados para el lavado y mantenimiento, que no deterioren lacados y pinturas.
• Además de que nos puede servir en caso de robo, es recomendable que hagamos una foto nada más adquirir la montura para, en caso necesario, poder demostrar que no hemos realizado las modificaciones anteriormente mencionadas.
◦ Como algunos componentes son susceptibles al uso (transmisión, frenos, ruedas,….), es importante que realicéis correctamente el mantenimiento recomendado por el fabricante, ya que ello os servirá para poder reclamar posibles defectos de dichos componentes con la suficiente justificación.
◦ Cuando llevemos nuestra bicicleta a la tienda por algún problema, solicitad un albarán de entrega donde figure la fecha, ya que muchas marcas se comprometen a la sustitución o reparación en un plazo de tiempo determinado.
◦ A la hora de adquirir vuestra montura, preguntad al vendedor por la posibilidad de una extensión de la garantía, opción que algunas marcas ofrecen. Si vuestra bicicleta tiene una garantía extendida de origen (más de dos años), tened en cuenta que la mayoría de los fabricantes requieren que os registréis en su página web para activarla. En caso contrario, la garantía se quedará en los dos años.
◦ Si tenemos la sensación de que alguna cláusula es abusiva o quieren cobrarnos algún servicio que la ley no estipule, es muy útil acudir a asociaciones de consumidores (Ocu, Facua o Adicae, por citar algunas), ya que, generalmente, nos informarán de manera gratuita de nuestros derechos.
Componentes de desgaste
En la mayoría de las ocasiones, si consultáis las garantías de los fabricantes, podréis observar que no suelen garantizar los componentes de desgaste, los cuales son, entre otros: rodamientos, juntas, cables, fundas de cable, todos los lubricantes, grasas y líquidos de frenos, cadena, cassette, platos, pastillas de freno, neumáticos, cintas de manillar y patillas de cambio.
¿Quiere decir que no se garantizan en caso de defecto? Las marcas se cubren las espaldas, ya que lo que no quieren es que, por un mal uso, se les intente ‘’colar’’ cualquier reclamación. Así que, nuestra recomendación es que, si notáis algún fallo en estos componentes no esperéis ni medio segundo en reclamar, para que nadie pueda decir que el problema viene por la mala utilización.
Más info en…BOE Ley de Garantías
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